miércoles, 14 de noviembre de 2012

LA REGULACIÓN DE LOS CONTENIDOS AUDIOVISUALES EN INTERNET


El desarrollo de la Internet, como un nuevo medio de difusión masiva de contenidos se erige como una realidad incontestable, con todos los pasos para seguir experimentando un crecimiento exponencial en los próximos años. 

Este crecimiento no se encuentra exento de fuertes tensiones derivadas de las potencialidades que encierra el uso de la tecnología digital, y de las facilidades intrínsecas del sistema para acceder y transmitir datos de una máquina a otra, sin que las fronteras políticas supongan barrea efectiva para ello.

De esta configuración de la red, se derivan tensiones que afectan a derechos como los de la protección de datos personales, a los derechos de propiedad intelectual y como no a todo lo relativo al comercio electrónico. Pero junto con  todo lo anterior y en gran medida como sustancia de todo ello, en la faceta de Internet que más nos acercamos a ella desde la consideración de un medios de comunicación nos encontramos con un ámbito complejo como es el del tratamiento jurídico de los contenidos difundidos en Internet.

Es en el punto de la aparición y desarrollo espectacular de estos servicios convergentes, donde se debe plantear una nueva perspectiva de intervención jurídica, que resulte adecuada para la protección de los derechos legítimos de las distintas partes intervinientes en este mercado, como son los proveedores de servicios, de contenidos, los operadores de telecomunicaciones y los usuarios tanto empresariales como residenciales, individuales como colectivos.

Pero junto con la perspectiva anterior, se debe  también de garantizar que la intervención que se efectúe sea por un lado adecuada a los servicios de que se trata y su especial configuración derivada de la propia topología de la red, con emisores y receptores simultáneos, que se relacionan a través de nodos y servidores distribuidos a lo largo de la red Internet y que por otro no suponga un freno injustificado a su desarrollo, limitando un crecimiento que adelanto considero deseable.

El equilibrio entre ambos factores debiera de darnos una regulación adecuada o armónica que satisfaga  a todas las partes que de una u otra forma se encuentran involucradas en este mercado de servicios telemáticos e interactivos que es Internet.

La tensión entre la intervención del Estado mediante la regulación, con la pretensión de la industria que con una perspectiva liberal que pretende la autorregulación excluyente en numerosas ocasiones de partes clave del mercado, como pudieran ser los consumidores y usuarios u otros eslabones del mercado o de la industria afectada, han terminado generando numerosas opiniones sobre la oportunidad y la manera de dotar de un marco jurídico adecuado a Internet y a los contenidos difundidos por la red.

Si tenemos en cuenta que la regulación de los contenidos hasta la fecha se abordaba desde la perspectiva de la Televisión, básicamente, nos resulta hoy obvio que no se nos aparece como la más adecuada para Internet.

El riesgo, hoy no es tanto el que Internet carezca de regulación específica, sino de que se genere un exceso regulador que asfixie el desarrollo de Internet.
Cuando hablamos de los contenidos, estaríamos hablando de aquellos aspectos o elementos del mercado audiovisual que se sustentaría básicamente en la producción de obras o programas por un lado y la publicidad audiovisual que da soporte financiero al medio audiovisual y que utiliza este soporte acompañando a la obra audiovisual (aunque también debiéramos de entender que la publicidad audiovisual forma parte de la producción audiovisual) para su difusión.

Las medidas prohibicionistas o limitadoras de fenómenos publicitarios resultan públicamente alabadas en la televisión, mientras que nos encontramos con carencias sangrantes en otros soportes como la prensa o la publicidad exterior para idénticos productos y sustancias nocivas. Esto sorprende nuestra candidez cuando nos encontramos con la posibilidad de acceso a estos medios, de segmentos de la sociedad, como la infancia y la juventud a la que se dice defender de estos riesgos que se identifican como contenidos dañinos o perjudiciales para su desarrollo.

Así, esta asincronía regulatoria, a mi entender mezquina, y que necesitaría de una revisión que ofreciera una cierta homogeneidad normativa compatible con principios fundamentales como la libertad de expresión y de empresa, que implicarían la posibilidad de difusión de los mensajes publicitarios sin confrontar necesariamente con aquellos otros valores merecedores de protección como son el adecuado desarrollo de la infancia y la juventud, se ha terminado encontrando con nuevos fenómenos, como Internet, que han venido a agravar la actual falta de homogeneidad.


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